jueves, 30 de junio de 2011

La censura bajo la IIª República (1931-1936)

El Boletín Oficial del Estado y las publicaciones similares que le anteceden (Gaceta de Madrid) y le acompañan (boletines provinciales, municipales, de ministerios, etc.) constituyen una de las fuentes más importantes del cine en España. Aunque el historiador siempre debe corroborar que la letra de estas publicaciones no es letra muerta, es decir, siempre debe estudiar las vicisitudes de la aplicación de la norma, es constatable que las leyes, decretos, órdenes y demás medidas aparecidas en este tipo de publicaciones marcan la evolución del cine en el contexto español. Podríamos decir que todo suceso relevante y hasta casi todo giro estético tiene una disposición oficial que lo explica.  Por eso será uno de los documentos más frecuentes en este blog.

En concreto, el documento que aquí comentamos pertenece al Boletín Oficial de la Provincia de Almería del lunes 6 de mayo de 1934. El Gobiernador Civil, Francisco Hernández Mir, del Partido Radical,  pública la lista de películas que la Dirección General de Seguridad de Madrid ha aprobado para su exhibición, es decir, las películas que han pasado la censura, aquellas que han sido prohibidas y las aprobadas con cortes. Es una información destinada a los empresarios, los alcaldes y los ciudadanos en general, de modo que el conocimiento público garantice su cumplimiento. Hoy estas publicaciones se han convertido en una fuente fundamental para conocer la censura antes del franquismo, ya que, de momento, está ilocalizable la documentación de la institución encargada de la censura, la mencionada Dirección General de Seguridad.

  Normalmente se ha asociado la censura con el franquismo y, en efecto, durante este periodo histórico vivió su etapa más negra. Es más, la censura del régimen de Franco fue  la primera en estudiarse (Román Gubern, Teodoro González Ballesteros, etc.) y la que mejor se conoce en todas sus vertientes (censura de guiones, censura diplomática, censura de publicidad…), en gran parte, porque, precisamente, el franquismo generó una ingente documentación.


En cambio, salvo el aparato legislativo, sabíamos muy poco de la censura aplicada entre 1896 y 1939. Gracias a documentos como el que aquí reseñamos, María Antonia Paz Rebollo y Julio Montero han estudiado la censura cinematográfica durante la Segunda República (Estudios sobre el mensaje periodístico, 2010, 16, 349-368). Estos autores señalan que entre 1931 y 1936 se censuraron más de 3.000 películas en la Dirección General de Seguridad de Madrid.  Solo unas 60 fueron prohibidas (entre ellas, El acorazado Potemkin, Las Hurdes y El diablo es una mujer) y alrededor de otras 90, como la primera que aparece en el boletín  que comentamos, fueron autorizadas con cortes. Dice Vicente Romero en su programa Imágenes prohibidas:



 La censura republicana fue más dura con el cine de ficción que con los documentales y noticiarios. Especialmente prohibió todo lo relacionado con la lucha de clases (enfrentamientos entre obreros y patronos, manifestaciones, huelgas…), las películas que ofendían a los países amigos y cuestiones morales como el desnudo, las relaciones extramatrimoniales, la prostitución o los invertidos. Paz Rebollo y Montero, a diferencia de Vicente Romero, no observan diferencias importantes entre la censura de los gobiernos de izquierda y de derecha. Lo cierto es que basta seguir la prensa católica de la época para entender que esta censura oficial era consideraba por la España conservadora como muy permisiva, de modo que ellos ejercían una censura privada a través de sus medios de comunicación, como veremos en otro documento.